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Fuerte informe pone contra las cuerdas al CGU

El viernes pasado la Dirección de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales del Ministerio de Educación y Cultura ente que regula y controla la actuación de las Asociaciones Civiles en este caso el Club de Golf del Uruguay (CGU) entregó a las partes el informe sobre “la denuncia presentada por un socio contra el Club de Golf del Uruguay” como menciona en el inicio del mismo.

El Ministerio de Educación y Cultura es la garantía o lugar donde gobierno o cualquier socio puede recurrir administrativamente para lograr que se revoque alguna resolución de una institución que le causa perjuicio o considere injusta.

Según surge en el expediente electrónico número 2020-11-0001-1279 y que buengolftour.com accedió y constató sobre los hechos que acontecieron con el socio del Club de Golf del Uruguay, Oscar Bacot.

Bacot fue sancionado y recurrió a la Dirección de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales porque entendió entre otras cosas que no tuvo las garantías de poder expresar sus descargos.

La única forma de defender su verdad fue recurrir al órgano competente.

La Comisión Directiva del Club de Golf del Uruguay suspendió por 18 meses a Oscar Bacot por “incumplir una orden del Club de no presentarse por 14 días o hasta tener un análisis negativo de Coronavirus” (fojas 155 sesión de Comisión Directiva de fecha 19 de marzo de 2020) según surge del informe (ver archivo adjunto Informe MEC).

El 13 de marzo de 2020, un día antes de que se decretara la emergencia sanitaria en Uruguay, Oscar Bacot se encontraba en el “sauna húmedo” dentro del Club de Golf del Uruguay cuando mantenía una conversación vía celular de carácter personal. Ahí otro socio de la institución escuchó lo que hablaba Bacot y decidió informar a Pablo Varela, integrante de la Comisión Directiva del Club de Golf del Uruguay.

Varela informó rápidamente a sus pares de Directiva y Miguel Blum, secretario del CGU, pasó a encargarse del tema.

Blum decidió y dio la orden para que Bacot no entrara al club por 14 días o hasta tener un análisis negativo de Coronavirus (COVID-19).

Esa misma noche se le informó a Bacot de que no podía ingresar a la institución, según la orden que dio el secretario del CGU.

Al día siguiente, Bacot ingresó al Club de Golf del Uruguay y exhibió un certificado médico en el que constó que no era portador de COVID-19.

Horas después el CGU cerró sus instalaciones en virtud de la medida sanitaria adoptada por el gobierno uruguayo.

Lo que sucedió en la Comisión Directiva del CGU

El acta de la Comisión Directiva de fecha 19 de marzo de 2020 (fs. 153 a 155 vta.) según expresa el expediente electrónico, los dirigentes trataron el tema de Bacot y el supuesto incumplimiento a la orden que había dictado Miguel Blum, Secretario del Club de Golf del Uruguay.

En dicha reunión en primer lugar se votó la moción de si Bacot podía hacer los descargos en forma previa o posterior a que se decidiera su sanción.

El resultado fue de cuatro votos a favor y tres en contra de que no presentara los descargos.

Luego se votó sobre la sanción a aplicar y se resolvió una suspensión de 18 meses.

Cabe recordar la grave discrepancia que tuvo por aquel entonces Marta Penadés, Presidenta del CGU, lo que la llevó a renunciar al cargo de presidente del CGU. Penadés hizo público en su cuenta personal en la red social Facebook, acusando a sus pares “Es una directiva, salvo excepciones, que pone más el foco en sancionar que a construir” escribió Penadés.

Fundamentos del informe de la Dirección de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales del Ministerio de Educación y Cultura

Lo que se desprende de este análisis es que Miguel Blum, secretario del Club de Golf del Uruguay no tenía facultades para dar la orden de no dejar ingresar a Bacot al club.
El artículo quinto del Estatuto establece que el Club “será dirigido y administrado por una Comisión Directiva” complementando en el segundo inciso que “tendrá plenos poderes para llevar a cabo todos los propósitos del Club”.

“Resulta un hecho innegable, admitido y comprobado que la orden de impedir el ingreso del Sr. Bacot al Club y por cuyo incumplimiento se le termina sancionando no fue una decisión de la Comisión Directiva, ni siquiera de su Presidente como caso urgente”.

Tal vez por ello, el artículo 34 del Reglamento General del Club establece como competencia del Presidente “realizará todos los actos propios de su cargo dirigiendo la administración de la Institución y resolviendo los casos urgentes dando cuenta a la Comisión Directiva en su próxima sesión”.

Otro de los fundamentos fue que no dejaron hacer los descargos. “Pues bien, el Sr. Bacot no fue oído antes de la aplicación de la sanción. En efecto, del acta de la Comisión Directiva de fecha 19 de marzo de 2020 (fs. 153 a 155 vta.) no solo no surge que se le hubiera otorgado la oportunidad de efectuar descargos sino que la necesidad de respetar su derecho a defensa previo a la decisión fue reclamado por más de un Directivo”. “Hasta el momento, entonces, advertimos que se trata de una sanción infundada”.

Además la sanción luce exagerada, “Consideración aparte merecería la extensión de la suspensión que resulta absolutamente desproporcionada cuando finalmente y más allá de denuncias, publicaciones, escraches y conversaciones telefónicas, se termina comprobando el 26 de marzo de 2020 –antes de la sesión de Comisión Directiva que trató la solicitud de revisión- que el Sr. Bacot era negativo para Covid-19”.

También el secretario de la institución dejó en actas asentado que tiene un problema personal con Bacot. “Surge del acta de la Comisión Directiva de fecha 6 de abril de 2020 (fs. 148) que el Directivo Secretario Ing. Miguel Blum, pide que conste en actas que “…el tema entre el Sr. Bacot y él, no es para ser tratado en Directiva, es personal y será tratado donde se deba”, en consecuencia, surge claramente que existe algún tema personal que se encuentra pendiente de ser tratado”.

A Bacot se le dio la orden de no entrar al club por prevención sanitaria ya que podía ser portador de COVID-19. Sin embargo no se tomó la misma prohibición con el socio denunciante, ya que como destaca el informe: “…ni siquiera al denunciante que habría compartido sauna con el socio y habría estado tan cerca como para escuchar la conversación telefónica que mantenía”.

Llamamos a las partes, tratamos de comunicarnos con Carlos Manini, presidente del Club de Golf del Uruguay y no atendió, no devolvió los llamados, ni mensajes.

También hicimos el intento con Miguel Blum, secretario del CGU y tampoco nos atendió o contestó los mensajes.

«Hasta que no haya nada oficial por parte de la Comisión Directiva del CGU no voy a hacer comentarios públicamente”, nos expresó Oscar Bacot tras ser consultado sobre la existencia de este documento.

Marta Penadés, ex presidenta de la institución expresó que el “informe se ajusta perfectamente a los acontecimientos ocurridos. Con una serie de confusiones, idas y vueltas que se podrían haber evitado habiendo mantenido una conversación con Bacot. Pero eso fue propuesto y rechazado oportunamente”.

Al ser consultada de que debería hacer la Comisión Directiva, Penadés subrayó: “La Comisión Directiva en primer lugar, jamás debería haber llevado los acontecimientos a este límite. Ahora debería hacer lo que no hizo: reunirse con Bacot y conciliar”.

Análisis del informe

“El resultado del análisis efectuado es que nos encontramos ante una sanción resuelta por la Comisión Directiva sin haber escuchado previamente al involucrado y que se funda en una prohibición que no fue impuesta por autoridad competente sino por un Directivo, Secretario de la Comisión Directiva que tiene algún tema personal pendiente de tratamiento con el, a la postre, sancionado y que tiene una duración que resulta excesiva a la luz, incluso, de la comprobación de la inexistencia del riesgo sanitario que se alegó se pretendía evitar”, subrayó el informe del MEC.

“En virtud de lo expuesto, y previa vista a denunciante y denunciado, así como informe de la Secretaría Nacional del Deporte y de la Fiscalía de Gobierno de 1er. Turno, el suscrito sugerirá la aplicación de una sanción consistente en apercibimiento al amparo de lo dispuesto por el artículo 2º literal b) del Decreto-ley 15.089, sin perjuicio de intimar a la Institución a dejar sin efecto la sanción impuesta, bajo apercibimiento de aplicación de multa, al amparo de lo dispuesto por el literal c) del citado artículo en cuanto a la facultad de imposición de tal sanción, así como Decreto 61/012 en cuanto a montos mínimos y máximos” cierra el informe.

La palabra la tiene el Club de Golf del Uruguay

El Club de Golf el Uruguay tiene 10 días hábiles para responder el informe de la Dirección de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales del Ministerio de Educación y Cultura, plazo que vencerá el viernes 21 de agosto de 2020.

Este episodio dejó en evidencia una situación preocupante de la Comisión Directiva del Club de Golf del Uruguay que el secretario no está informado del reglamento, ya que no sabe ni sus propias facultades.

El manejo irresponsable de la Comisión Directiva expone como nunca en la historia a la institución ante el mecanismo de control como es el Ministerio de Educación y Cultura.

Uno de los accionares que el CGU podría hacer, es reconocer su error, revocar la sanción impuesta al socio, evitar que el expediente llegue a la Secretaría Nacional de Deportes y a la fiscalía de gobierno como sugiere el informe y dar por terminado el hecho para no exponer al club a abonar multas o a pagar un juicio millonario.

Por otra parte, si la Comisión Directiva resuelve el camino a seguir en defender lo actuado en la legitimidad de aquella orden impuesta por Blum, llegarán a otras dependencias y dependerá de los organismos estatales si el Club de Golf del Uruguay merece ser multado así como le daría más posibilidad al socio sancionado, de hacer un juicio al CGU si el MEC le da la razón.
Finalmente parece muy sensata y razonable lo expresado por Penadés de que “reunirse con Bacot y conciliar”.

Archivo adjunto:

Informe MEC

Imágenes del informe de la Dirección de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales del Ministerio de Educación y Cultura